Los Mediadoreslosmediadores.esHablemos

PREGUNTAS FRECUENTES

ANTES DE HABLAR,
RESOLVAMOS
ALGUNAS DUDAS.

Respuestas claras para entender cómo empezar y qué puedes esperar del proceso.

¿Qué tipo de conflictos puedo consultar?

Deudas, desacuerdos familiares o entre herederos, relaciones comerciales, vivienda, convivencia y contratos. También situaciones de comunicación en el trabajo. Antes de intervenir se valora la materia y su idoneidad.

¿Puedo contactar si la otra parte todavía no lo sabe?

Sí. Puedes explicar tu situación para valorar opciones. Cualquier intervención posterior y los contactos con otras personas deben quedar definidos dentro del encargo.

¿Mediación y cobro de deudas son lo mismo?

No. En mediación se actúa con neutralidad entre las partes. En la gestión amistosa de cobro se interviene por cuenta de quien reclama. Son papeles diferentes y se aclaran desde el principio.

¿Cuánto cuesta y cuánto tarda?

Depende del número de partes, la documentación, la complejidad y el trabajo necesario. El alcance y los honorarios se concretan antes de empezar. No se promete un plazo de resolución.

¿Se puede garantizar un acuerdo o el cobro?

No. Depende de las circunstancias, la voluntad de las partes y el cumplimiento de los compromisos. Una negociación puede terminar sin acuerdo.

¿Puedo acudir con mi abogado?

Sí. El asesoramiento jurídico puede acompañar el proceso y ayudar a valorar propuestas y formalizar compromisos. Su participación se organiza según la vía elegida.

¿El acuerdo tiene la misma fuerza que una sentencia?

No automáticamente. La forma de documentarlo y los requisitos para su ejecución dependen del tipo de acuerdo y del procedimiento. Puede ser necesaria escritura pública u homologación judicial.

¿La consulta por WhatsApp sirve como intento MASC?

No por sí sola. Es un canal para contactar con nosotros. El intento negociador que pueda exigirse antes de demandar tiene requisitos propios que deben analizarse y documentarse.

¿La intervención laboral sustituye al SMAC?

No. La intervención privada para mejorar el diálogo no sustituye a la conciliación oficial ni a otros procedimientos o protocolos laborales aplicables.

¿Qué debería contar en el primer mensaje?

El tipo de conflicto, una explicación breve y qué te gustaría resolver. Evita incluir datos sensibles de terceros o adjuntar documentación delicada hasta definir cómo aportarla.

Información general sobre mediación y MASC: Ley 5/2012 y Ley Orgánica 1/2025.

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POR HABLAR.

Cuéntanos qué ocurre y qué te gustaría resolver.

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